La GC de Badajoz rectifica y aparta de la intervención de armas a un agente condenado por violencia de género

por Administración AUGC

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Durante el pasado mes de junio, una sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Badajoz, condenaba a un funcionario del Cuerpo de la Guardia Civil en la provincia de Badajoz en un asunto de violencia de género. Esta sentencia imponía a dicho funcionario, la prohibición de la tenencia y porte de armas de fuego, entre otras cosas.
Responsables de la Comandancia de la Guardia Civil en Badajoz, cometiendo un importante y grave error, “colocaron” a éste funcionario a prestar sus servicios en una Intervención de Armas, concretamente en la de la localidad de Olivenza.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles en la provincia de Badajoz denunció este hecho ante la Subdelegada del Gobierno en la provincia de Badajoz, ante la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil y ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Badajoz. En dichos escritos, se solicitaba el inmediato cese en dicho puesto de trabajo del funcionario condenado y la apertura de una investigación para exigir responsabilidades disciplinarias a aquel o aquellos que allí comisionaron a este trabajador.
Igualmente, se emitió una nota de prensa a los medios de comunicación sobre estos hechos.
Gracias a la presión ejercida por esta asociación, dicho trabajador ha sido apartado de la Intervención de Armas y a día de hoy, realiza otras funciones, apartado del fácil acceso a las armas de fuego.
Una vez más, se comprueba cómo algunos responsables de la Guardia Civil utilizan la Institución como si de su cortijo se tratara y se demuestra que el régimen disciplinario está para utilizarlo con la única intención de menoscabar la libertad de expresión en la Guardia Civil.
En este caso, pudiera ser que quien “colocó” o comisionó a esta persona en la Intervención de Armas de Olivenza, cometiera una falta grave, recogida en el artículo 8, apartado 33 que dice que “La negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones profesionales o de las órdenes recibidas”. Haber comisionado a un condenado por violencia de género en una Intervención de Armas, está meridianamente claro que es una negligencia grave.

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