Una nueva sentencia dando la razón a la coherencia entre el derecho a ser madre/padre y guardia civil

Una nueva sentencia dando la razón a la coherencia entre el ejercicio del derecho a ser madre/padre y a ser guardia civil

por Ildefonso Garcia Ruiz

Una guardia civil en un control de tráfico
Una guardia civil en un control de tráfico

AUGC-Barcelona-Girona ha ganado recientemente una sentencia relativa a medidas cautelares  sobre jornada laboral, elección del horario y su acumulación.

La DGGC no se cansa de repetir sobre la igualdad de las medidas de conciliación con el resto del funcionariado que rige el Estatuto Básico del Empleado Público, pero todos y todas sabemos que eso es decir mucho y sobre todo en lo relativo a las reducciones de jornada por cuidado de menores y la elección del horario.

De hecho esta asociación mantiene que esta falta de concreción en el horario de las reducciones de jornada es la clave del alto índice de absentismo laboral de las mujeres guardias civiles.

Es una máxima de la DGGC dar automáticamente las reducciones que se solicitan pero no así la elección del horario lo que vacía de contenido la petición y merma la nómina de las mujeres (porque la piden ellas en un 90% en relación con los hombres) en cantidades que van de 300 a 600 en un sueldo que de por sí ya hace aguas.

La sentencia a la que nos referimos es novedosa por dos cuestiones, una por peticionar una acumulación de la reducción de jornada, lo que actualmente no está contemplado como tal en la actual norma y otra por ser estimada como medida cautelar en tanto salga el juicio (mayo 2017)  lo que permite que la persona solicitante pueda seguir trabajando y cuidado de sus hijos hasta el  juicio.

La interpretación de la DGGC es la misma de siempre: si no está en la norma es que está prohibido y con esto resuelvo negativamente sin entrar siquiera a valorar si existe perjuicio para el servicio, para el/la menor o para la trabajadora.

Para no variar la petición fue desestimada en primera instancia y en recurso de alzada a la Zona de Cataluña todo ello sin demostrarse que supusiera perjuicio al servicio o a terceros lo que origino acabar en juicio pidiendo medidas cautelares: “Acumulación de jornadas acumuladas para la obtención de días libres”.

Esta sentencia supone un paso más en el disfrute del derecho a ser padres/madres y ser guardias civiles, es decir el derecho a compaginar el tiempo entre el cuidado de nuestros hijos e hijas y el trabajo y algo fundamental, básico y lógico como es poder distribuir el tiempo en función de las necesidades argumentadas en la solicitud.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con esta sentencia (Nº 388/2016) posibilitara que otros compañeros y compañeras destinados en esta CCAA que pidan acumulación de la reducción de jornada y con ello pierdan su sueldo puedan distribuir su tiempo al interés del cuidado del menor y no en función exclusivamente de los intereses de la administración.

Enhorabuena a los servicios jurídicos de AUGC-Barcelona-Girona.

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